El pasado lunes 21 de septiembre del 2020, diferentes organizaciones sociales de Guatemala que luchan por un nuevo modelo energético presentaron ante la Corte de Constitucionalidad una Acción de Inconstitucionalidad en contra de la Ley de Electricidad decreto 93-96; entre estas organizaciones destacan el Consejo del Pueblo Maya –CPO-, Parlamento Xinca, la Asociación de Estudiantes Universitarios -AEU-, Junta Directiva del Consejo Ancestral de los siete municipios de Totonicapán, Asociación de Comunidades en Resistencia de Ixcan, Cobán y Zona Reina, Frente Metropolitano por la Defensa del Territorio, Fredemi, entre otras.
Las argumentaciones de la denuncia son profundas, porque la Ley de Electricidad/Decreto 93-96 contradice a la propia Constitución Política de la República de Guatemala en sus artículos 1, 2, 4, 66, 67, 118, 129, y 130; vulnera derechos fundamentales referentes a la realización del bien común, también en referencia a las obligaciones del Estado relacionados con la vida, justicia, seguridad, paz y ante todo, el desarrollo integral de la persona, el principio de igualdad, las formas propias de organización de los pueblos y comunidades indígenas; a los principios de justicia social, prohibición de monopolios y la declaratoria de la electrificación como responsabilidad del estado y las municipalidades.
La Ley de Electricidad está diseñada para favorecer los intereses de la iniciativa privada, para la mercantilización y el lucro; como resultado de su implementación actualmente predomina el monopolio privado en la comercialización y generación de electricidad en Guatemala, es decir se salió del monopolio estatal para caer en el monopolio privado corporativo. La Constitución Política de la República de Guatemala mandata al Estado y a las municipalidades la formulación de planes y proyectos de electricidad para satisfacer las demandas de los pueblos y también menciona la colaboración de la iniciativa privada; sin embargo en la realidad los papeles se han invertido, el Estado y las municipalidades se han convertido en simples tramitadores, capturados y sustituidos por empresas y corporaciones privadas.
Actualmente en el país se produce un excedente de electricidad mayor al 50% y en este año de pandemia Guatemala rompe record al alcanzar el 84% en la generación de energía renovable. Estos números aparentemente favorables no se reflejan en las tarifas y en la cobertura de electricidad en el país; mientras las empresas privadas se convierten en exportadoras de energía en el mercado centroamericano, la población mayoritaria sigue pagando altas tarifas y el 8% de la población en general aún no cuenta con el servicio de electricidad; esta injusticia también ha provocado una serie de violaciones a derechos fundamentales como la no consulta a los pueblos, ha profundizado la pobreza, desvió, despojo y privatización de los ríos, y bienes naturales comunes en general, asimismo la criminalización de las luchas comunitarias y militarización de territorios.
En este contexto, es urgente que la Corte de Constitucionalidad declare el Decreto 93-96 como inconstitucional y se suspenda de inmediato la Ley de Electricidad para dar paso a un debate nacional y en consenso construyamos un nuevo modelo energético, consecuente con las demandas e intereses de los pueblos, coherente con el debate internacional sobre derechos fundamentales de los pueblos indígenas, los derechos económicos, sociales y culturales y el cambio climático. La nueva normalidad que necesitamos es que se declare la energía como derecho humano, como servicio, como bien común que dignifique la vida y que tenga como objetivo fundamental el buen vivir de los pueblos.
Por: Francisco Mateo Morales, peticionario y miembro del Consejo del Pueblo Maya -CPO-
22 de septiembre de 2020