A partir de la primera reunión sostenida con la Comisión del Cálculo Matemático y la Asociación Guatemalteca de Alcaldes y Autoridades Indígenas –AGAII-, el tres de enero de 2014, para la distribución de la asignación constitucional para las distintas municipalidades del país; se observó una anomalía respecto a la asignación del presupuesto para el año 2014; pudiendo constatarse que varias Municipalidades entre ellas Sipacapa y San Miguel Ixtahuacan del Departamento de San Marcos, reportan como ingresos propios “Las Regalías Mineras” para el cálculo de los ingresos per cápita para tomar en cuenta en la distribución de la asignación constitucional, las cuales reciben de las operaciones mineras. Por lo que el señor Rodas González, presidente de la Asociación Guatemalteca de Alcaldes y Autoridades Indígenas –AGAII, indica que dicho ingreso económico no debe ser tomado en cuenta por la Comisión para la asignación constitucional a las distintas municipalidades ya que el mismo se concentra en muy pocas y no está regulado porque ninguna ley del país. Así como tampoco podrán ser incluidas para dicho cálculo otras fuentes de ingreso como: IVA-PAZ, impuesto de circulación de vehículos, combustibles y derivados del petróleo de conformidad con lo que para el efecto regula el artículo 119 del Código Municipal.
Esta anomalía referente a haber reportado las “regalías mineras” como ingresos per cápita por parte de 5 municipalidades entre ellas San Miguel Ixtahuacán y Sipakapa, tiene repercusiones negativas hacia las demás municipalidades, a las cuales se les ha quitado fondos presupuestarios desde que empezaron a operar las empresas mineras. Y para comprender mejor como funciona este proceso, pondré de ejemplo a la municipalidad de San Miguel Ixtahuacán que con el ingreso de regalías reportado como ingreso per cápita percibía Q 30,957,978.44 y esto multiplicado por 3 veces que es lo que asigna el Estado a la municipalidad por su ingreso per cápita nos da un valor de Q92,873,935.32 anuales; ahora veamos cuanto percibe la municipalidad sin regalías, percibe Q7,466,022.56 y multiplicado por 3 veces que le da el Estado, debería percibir entonces Q22,398,067.68. Existe una diferencia abismal de Q70,475,867.64 que deberían ser distribuidos a las otras municipalidades y que al contrario, esto les es restado a 329 municipalidades de su asignación presupuestaria anual. Si sumamos estos 70 millones de quetzales con las otras municipalidades que reportan lo mismo o hacen este mismo tipo de juegos llegamos a un total de 225 millones de quetzales que les es recortado a las 329 municipalidades restantes de su asignación presupuestaria constitucional.
Ahora veamos un ejemplo de una municipalidad que no cuenta con proyecto minero, San Pedro Sacatepéquez, el cual con regalías reportadas por las otras municipalidades como ingreso per cápita percibía Q15,718,143.80 y ahora tomando en cuenta que las “regalías mineras” no son ingreso per cápita percibió Q16,080,929.34; lo que aumento su asignación constitucional, es decir le estaban quitando aproximadamente a la municipalidad de San Pedro Sacatepéquez Q 362,785.54 desde que empezaron a operar las empresas mineras y/u otro tipo de megaproyectos.
Este es un claro ejemplo de cómo las 329 municipalidades(ahora 332 municipios) son beneficiadas este año, a raíz de la acción jurídica antepuesta por La Comisión Específica del Cálculo Matemático y la Asociación Guatemalteca de Alcaldes y Autoridades Indígenas –AGAII- que indica que las regalías que ingresan a las municipalidades por concepto de Explotación Minera, no pueden ser tomadas en cuenta para el cálculo de los ingresos per cápita para dichas municipalidades, para efectos del Cálculo Matemático.
(Comparemos en las tablas presupuestarias asignadas para las municipalidades en el año 2013 y ahora en el añ0 2014, que están adjuntas)
Ahora las grandes interrogantes son ¿Desde qué año estas municipalidades se han provechado de este malicioso procedimiento?, ¿les será devuelto este dinero a las municipalidades que no cuentan con proyectos mineros y que dejaron de percibir estos ingresos en sus presupuestos anuales? ¿Cómo debería ser tomado en cuenta el ingreso de las regalías frente a las otras municipalidades? ¿Por qué la municipalidad de Sipacapa ha puesto un amparo para que no les sea rebajado este presupuesto y sean tomadas las “regalías mineras” como ingresos per cápita? ¿Cuantos millones de quetzales han recibido? ¿Qué han hecho durante años con estos fondos? ¿Estarían dispuestas las municipalidad a presentar ante el Pueblo en que han invertido estos fondos y de qué manera y hacia donde se han ido estos rubros presupuestarios?.
Todas estas interrogantes y muchas más debemos de analizarlas y tal vez contestarlas nosotros mismo, pero que pensara el Ministerio de Finanzas Públicas –MIFIN-, La Controlaría General de Cuentas al respecto y la Secretaria de Planificación y Programación de la Presidencia –SEGEPLAN-, que son los encargados de la distribución de estos fondos a nivel nacional.
Continuaremos analizando este y otros temas: en el próximo programa radial La Mirada de los Pueblos, martes 11 de febrero de 2014.